LA PRUEBA PSICOLÓGICA EN LA LEY Nº 348: ENTRE CIENCIA Y SUBJETIVIDAD
Palabras clave:
Ley Nº348, Informes Psicológicos, Pericias Psicológicas, Objetividad Probatoria, Sistema de Evaluación GlobalResumen
El presente trabajo analiza críticamente el valor probatorio, la objetividad y el rigor científico de los informes y pericias psicológicas utilizados en procesos de violencia contra las mujeres bajo la Ley Nº 348 en Bolivia.
La investigación se desarrolló mediante un enfoque mixto, no experimental y transversal, siendo que en la fase cuantitativa se aplicaron 60 cuestionarios a abogados penalistas, mientras que en la fase cualitativa se realizaron entrevistas semiestructuradas a jueces, fiscales y abogados con experiencia en procesos vinculados a violencia de género. Asimismo, se efectuó revisión doctrinal, jurisprudencial y documental sobre evaluación psicológica forense, protocolos de credibilidad del testimonio y daño psíquico.
Los resultados evidencian importantes deficiencias metodológicas en los informes psicológicos preliminares, especialmente por la ausencia de pruebas psicométricas estandarizadas, la reproducción acrítica del relato de la víctima y el uso de formatos genéricos. El 78% de los participantes considera que los informes se limitan a reproducir narrativas sin análisis técnico profundo y el 98% respalda la necesidad de implementar protocolos estandarizados.
La investigación concluye que existe una urgente necesidad de fortalecer la especialización forense, implementar metodologías multimétodo como el Sistema de Evaluación Global (SEG) y consolidar equipos interdisciplinarios que garanticen evaluaciones objetivas, científicas y respetuosas del debido proceso.